Somos Agente Digitalizador Adherido para el Kit Digital.
Ofrecemos soluciones para las siguientes categorías:
Esto significa que, puedes disfrutar de nuestros servicios subvencionados a fondo perdido por el programa Kit Digitalizador.
QualySocial
Categoría Kit Digital:
Gestión de Redes Sociales.
Programa Kit Digital
El programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que tiene como objetivo promover la transformación digital de las pymes y autónomos subvencionando a fondo perdido la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Es un programa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dirigido a pymes y autónomos.
Este programa cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco de la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025, y busca la digitalización de cerca de un millón de pymes y autónomos en todo el territorio nacional. Todo esto con el fin de contribuir a la modernización del tejido productivo español durante los próximos tres años.
Estas ayudas se enmarcan dentro de los Fondos Europeos para la recuperación económica Next Generation EU. No es necesario adelantar dinero, al ser subvenciones a fondo perdido.
Si quieres más información, puedes solicitarla a través del email: kitdigital@red.es
Dudas Frecuentes
El programa Kit Digital ofrece subvenciones a los autónomos y pymes de hasta 50 trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser una empresa, microempresa o autónomo.
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis (ayudas de pequeña cuantía).
Una empresa puede solicitar la subvención de uno o varios servicios, llegando a una cuantía máxima en función de su tamaño:
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados | hasta 12.000€ |
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados | hasta 6.000€ |
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo | hasta 2.000 € |
Los importes asignados a cada solución varían según el tamaño de la empresa de la siguiente manera:
Sitio Web y Presencia en Internet: 2.000€ – independientemente del tamaño de la empresa. |
Comercio Electrónico: 2.000€ independientemente del tamaño de la empresa. |
Comunicaciones Seguras: 125€ por usuario.
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Ciberseguridad: 125€ por dispositivo.
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Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de diagnóstico digital
Consulta las soluciones de digitalización y escoge una o varias de las opciones del programa Kit Digital que más se adapten a tus necesidades.
Próximamente podrás acceder a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital. Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es
Próximamente podrás acceder al catálogo de Agentes Digitalizadores
Ponte en contacto con el Agente seleccionado y pon en marcha tu proyecto.
Las ayudas económicas (bono digital) son una cuantía económica asignada para contratar una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores adheridos al programa Kit Digital.
Estas ayudas se le ingresarán al agente digitalizador en 2 fases tras la autorización del beneficiario de la subvención.
La subvención está exenta de IVA. Siendo el beneficiario el encargado de afrontar el pago del IVA de la solución o soluciones contratadas.
Por ejemplo, si recibimos una subvención de 1500€ que van destinados a un servicio web, el beneficiario recibe 1500€ de la subvención y tendrá que abonar 315€ en concepto de IVA.
El tipo de subvención es en concurrencia no competitiva.
Se asignará por orden de llegada hasta agotar los fondos a quienes cumplan los requisitos. Se entrega en forma de “bono” que será destinado al pago del agente digitalizador con el que firmes el acuerdo.
Las solicitudes se atenderán por fases.
La primera fase empieza a finales de febrero / principios de marzo, asignando 500.000.000€ para el segmento I (pymes de 10 a 50 trabajadores).
Próximamente se facilitará más información sobre los otros segmentos.
- Cumplir las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones.
- Comunicar al órgano gestor o entidad colaboradora la obtención de otras ayudas para la ejecución de las actividades financiadas.
- Declarar alórgano concedente todas las ayudas de mínimis recibidas, es decir, las ayudas de escasa cuantía compatibles con el mercado interior.
- Declarar fiscalmente la ayuda como ingreso percibido.
- Mantener un sistema de contabilidad separada
- Establecer medidas para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, asi como para impedir la doble financiación y la falsificación de la documentación.
- Someterse a los controles que se reuieran por parte del órgano concedente, la entidad colaboradora y otros órganos de control.
- Figurar como beneficiario en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Registro de Beneficiarios de Fondos Europeos.
Puedes revisar las bases publicadas en el BOE pulsando el siguiente link:
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